Calculadora de aguinaldo 2026: descubre cuánto te toca
Ingresa tu salario diario y tus días trabajados para saber cuánto aguinaldo te corresponde por ley, proporcional si no cumpliste el año completo.
Herramienta informativa. Estos cálculos son estimaciones basadas en la Ley Federal del Trabajo vigente. No constituyen asesoría legal, laboral ni fiscal. Los montos reales pueden variar según tu contrato, prestaciones superiores a la ley y deducciones aplicables. Verifica siempre con tu empresa, un contador o un abogado laboral.
Completa el formulario y tu resultado aparecerá aquí.
¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo es una prestación económica obligatoria que toda empresa en México debe pagar a sus trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año. No es un regalo ni un bono discrecional: está establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y su pago es exigible sin importar el tamaño de la empresa, el tipo de contrato o el puesto que ocupes.
La ley marca un mínimo de 15 días de salario, pero muchas empresas —sobre todo las que buscan retener talento— ofrecen 20, 30 o incluso más días como prestación superior a la ley. Esa cantidad queda establecida en tu contrato individual o en el contrato colectivo de trabajo de tu empresa, así que siempre vale la pena revisarlo.
Un punto que genera muchas dudas es qué pasa si no trabajaste el año completo. La respuesta es simple: tienes derecho a un aguinaldo proporcional a los días que sí trabajaste, sin importar si fue porque entraste a mitad de año, si renunciaste antes de diciembre o si te despidieron. Nadie pierde el derecho al aguinaldo por no completar el año calendario.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
La fórmula que usa esta calculadora, y la que aplican la mayoría de las empresas en México, sigue estos pasos:
- Calcula la proporción del año trabajado: días trabajados ÷ 365.
- Ajusta los días de aguinaldo pactados a esa proporción: días de aguinaldo × proporción.
- Multiplica por tu salario diario para obtener el aguinaldo bruto.
- Resta la exención de ISR (30 UMA) para saber cuánto es gravable.
Ejemplo numérico resuelto
Supongamos que María gana un salario diario de $500 MXN, trabajó los 365 días del año y su empresa le paga los 15 días mínimos de aguinaldo:
- Proporción del año: 365 ÷ 365 = 1 (100%)
- Días de aguinaldo ajustados: 15 × 1 = 15 días
- Aguinaldo bruto: 15 × $500 = $7,500 MXN
- Exención ISR (30 UMA a $117.31): $3,519.30
- Monto gravable: $7,500 − $3,519.30 = $3,980.70 MXN
Ahora imaginemos a Luis, quien ganó los mismos $500 diarios pero solo trabajó 180 días del año antes de renunciar:
- Proporción del año: 180 ÷ 365 ≈ 0.4932 (49.3%)
- Días de aguinaldo ajustados: 15 × 0.4932 ≈ 7.4 días
- Aguinaldo bruto: 7.4 × $500 ≈ $3,698.6 MXN
- Como el monto no supera los $3,519.30 exentos, casi todo su aguinaldo estaría libre de ISR.
¿Qué dice la ley?
El fundamento legal del aguinaldo es el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que establece textualmente que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, como mínimo, que deberá pagarse antes del 20 de diciembre. El mismo artículo señala que quienes no hayan cumplido el año de servicio tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado, cualquiera que fuera este.
Por el lado fiscal, el Artículo 93, fracción XIV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que el aguinaldo está exento del pago de ISR hasta el equivalente a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria. Todo lo que exceda ese monto sí se considera ingreso gravable y tu empleador debe retener el impuesto correspondiente antes de pagarte.
¿Qué es la UMA? Es una cifra en pesos que el gobierno actualiza cada febrero (la publica el INEGI) y que se usa como referencia para calcular multas, trámites y, en este caso, límites de exención de impuestos. No es lo mismo que el salario mínimo, aunque se le parece: es solo una "regla" en pesos que las leyes usan para no tener que poner montos fijos que se queden viejos con la inflación. En 2026 la UMA diaria vale $117.31 MXN, así que 30 UMA equivalen a $3,519.30.
¿Por qué el texto oficial de la LISR dice "salario mínimo" y no "UMA"? Si consultas el Artículo 93 directamente, notarás que su redacción original todavía dice "salario mínimo general". Esto es porque desde una reforma constitucional de 2016, cualquier ley que use el salario mínimo como referencia para calcular un límite o exención (no como pago de un sueldo) debe entenderse automáticamente como UMA, sin necesidad de reescribir cada artículo. Así lo aplican el SAT y todos los sistemas de nómina en México.
Casos frecuentes
"Entré a trabajar en marzo"
Si iniciaste tu empleo en marzo y sigues trabajando en diciembre, tu aguinaldo se calcula proporcional a los meses trabajados: aproximadamente 10 meses de los 12 del año, sobre los días pactados por tu empresa.
"Renuncié en octubre"
Aunque ya no trabajes ahí en diciembre, tu antiguo empleador debe pagarte el aguinaldo proporcional al tiempo que trabajaste durante ese año, normalmente incluido en tu finiquito.
"Me despidieron en agosto"
El motivo de la salida no afecta tu derecho al aguinaldo proporcional. Ya sea despido justificado o injustificado, la parte proporcional del aguinaldo forma parte de lo que se te debe liquidar.
"Mi empresa paga 30 días de aguinaldo"
Perfecto: usa esa cifra en el campo "días de aguinaldo pactados" de la calculadora en lugar del mínimo de 15, para obtener el monto que realmente te corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se debe pagar el aguinaldo en México?
La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, sin importar si es un contrato indefinido, temporal o de prueba.
¿Cuántos días de aguinaldo me corresponden por ley?
El mínimo legal son 15 días de salario, según el Artículo 87 de la LFT. Muchas empresas ofrecen más días como prestación superior a la ley; revisa tu contrato.
¿Si no trabajé el año completo, tengo derecho a aguinaldo?
Sí. Tienes derecho a un aguinaldo proporcional a los días que trabajaste, sin importar si renunciaste, te despidieron o entraste a mitad de año.
¿El aguinaldo paga impuestos?
Sí, pero solo sobre el excedente. Los primeros 30 UMA de aguinaldo están exentos de ISR según el Artículo 93 fracción XIV de la LISR; lo que exceda ese monto sí es gravable.
¿Qué pasa si mi empresa no me paga el aguinaldo?
Puedes presentar una queja ante la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), que ofrece asesoría y conciliación gratuita para trabajadores.
¿El aguinaldo es lo mismo que el bono de fin de año?
No necesariamente. El aguinaldo es una prestación obligatoria por ley. Un bono de fin de año o de productividad es un beneficio adicional que la empresa otorga de forma voluntaria y no sustituye al aguinaldo.
¿Los trabajadores eventuales tienen derecho a aguinaldo?
Los trabajadores eventuales bajo una relación laboral subordinada sí tienen derecho, de forma proporcional a los días trabajados. Quienes prestan servicios por honorarios generalmente no están cubiertos por la LFT.
¿Cómo se calcula si tuve un aumento de sueldo durante el año?
Lo habitual es calcularlo con el salario diario vigente al momento del pago del aguinaldo. Algunas empresas prorratean por periodos de sueldo distinto; confírmalo con tu área de Recursos Humanos.